Mobbing Maternal – Sanción a empresas que imponen un horario que impide conciliar a las madres
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (leer aquí), condena a una cadena comercial a indemnizar con 3.125 euros a una de sus empleadas, a la que concedió la reducción de jornada solicitada, pero con la condición de que trabajara, al menos, seis tardes al mes.
El tribunal da la razón a la mujer porque, pese a que la empleadora demostró que en la tienda en cuestión el mayor número de ventas se producían por las tardes y los sábados, no existían razones de peso para rechazar la solicitud de la trabajadora.
La última reforma del Estatuto de los Trabajadores
La última reforma del Estatuto de los Trabajadores refuerza el derecho a la adaptación de jornada para poder conciliar. Aunque ya existía, con la modificación este derecho queda ampliado y las empresas deben prestarle atención.
La nueva redacción del artículo 34.8 establece que:
Esto implica que las personas trabajadoras (con hijos menores de 12 años) pueden solicitar la adaptación de su jornada laboral (ya sea cambio de turnos, flexibilidad horaria, teletrabajar, etc.) sin necesidad de reducir su jornada laboral ni consecuentemente su salario.
EL PAIS – PATRICIA ESTEBAN