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Los conflictos de violencia laboral (I) NTP 891

Procedimiento de solución

Juan Carlos Sanz por Juan Carlos Sanz
octubre 6, 2018
en Acoso laboral
3
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Conflictos de violencia laboral

Nota Técnica Preventiva 891 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

La NTP 891 propone un procedimiento preventivo proactivo que sirva como marco de actuación eficaz frente a las situaciones de violencia en el trabajo. En esta primera parte se expone el alcance del procedimiento, el contexto de su aplicación y las características del mismo.
Se pretende que el uso de esta herramienta sirva para guiar la actividad preventiva y afrontar de forma interna en la empresa este tipo de riesgos, dado que actualmente parece existir un déficit en esta materia.

La violencia laboral. definición y alcance del procedimiento

El recurso a la violencia por parte de un individuo, grupo u organización constituye, lamentablemente, una práctica que forma parte de nuestra realidad cotidiana.

En el ámbito laboral los conflictos de violencia laboral, aunque sean de baja intensidad, acaban generando entornos nocivos y tóxicos lo que repercute no sólo sobre los actores directamente implicados, sino también sobre la empresa en su conjunto y, en cierta medida, sobre la sociedad.

Así, los efectos negativos de la violencia en el trabajo tienen una incidencia directa sobre la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a estas situaciones, a través del deterioro de las condiciones de trabajo y organizativas.

Pero también las empresas se ven perjudicadas. En primer lugar, porque la proliferación de comportamientos violentos otorga una sensación de impunidad a los agresores y de indefensión a las potenciales víctimas y esta dinámica acaba viciando el ambiente de trabajo, lo que se concreta en un mal clima laboral que repercute sobre la salud de la propia organización, generando una “organización tóxica”. En segundo lugar, porque los costes económicos derivados del absentismo y de la falta de rendimiento son importantes. EI Estado también resulta afectado, al mermar su papel de garante de los trabajadores frente a las situaciones de violencia en el trabajo, y por el coste que debe soportar el sistema público de Seguridad Social al hacerse cargo de las prestaciones económicas y de asistencia sanitaria que se derivan de los daños en la salud de los trabajadores afectados.
La consecuencia es clara: la violencia laboral es un problema común y los agentes sociales, los empresarios y los trabajadores, y también el Estado deben colaborar para erradicar estas perniciosas prácticas y conseguir un entorno laboral exento de violencia.

Cómo define la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo la violencia laboral

En términos definitorios, hay que señalar que la Organización Mundial de la Salud define la violencia como:

“el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muertes, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”.

Por su parte la Organización Internacional del Trabajo entiende la violencia como:

“cualquier tipo de comportamiento agresivo o insultante susceptible de causar un daño o molestias físicas o psicológicas a sus víctimas, ya sean estos objetivos intencionados o testigos inocentes involucrados de forma no personal o accidental en los incidentes”
La violencia en el trabajo a la que hacemos referencia recoge todas las conductas de violencia física o psicológica que se produzcan en el entorno laboral entre trabajadores de una misma empresa, entre trabajadores de diferentes empresas que presten servicios en un mismo centro de trabajo, entre trabajador/es y empresario/s; y también la que eventualmente se establezca entre usuario/cliente y trabajador en la prestación del servicio.
Lee o descarga la Nota técnica Preventiva del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo 
Etiquetas: Acoso LaboralAcoso moralApoyo TerapeuticoInspección TrabajoMobbingviolencia laboral
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La "Plataforma en la Comunidad de Madrid contra los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral", nace en el año 2003. La crean tres empleados de Ayuntamientos de la Zona Sur de Madrid, afectados de Acoso Laboral. Después de buscar durante más de 2 años una solución para su situación laboral, dirigiéndose a distintas organizaciones sindicales y entidades públicas.

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