• Inicio
  • Hazte socio
  • ¿Quienes Somos?
  • Contacto
  • Ayudanos a Ayudar
  • Colaboradores
jueves, septiembre 11, 2025
Mobbing Madrid
No Result
View All Result
CONSULTA GRATUITA DE ASESORAMIENTO
  • Discriminación Laboral
  • Estrés laboral
  • Inspección Trabajo
  • Mediación
  • Mobbing Maternal
  • Mutua
  • Síndrome Quemado
  • Testimonio
  • Entrevistas
  • Servicios
    • Servicio Jurídico
    • Apoyo Psicológico
    • Pericia psicológica
    • Pericia Informática
    • Terapia Familiar
    • Mediación
    • Servicio Lingüista Forense
    • Consulta Clínica y Psiquiatría
  • Discriminación Laboral
  • Estrés laboral
  • Inspección Trabajo
  • Mediación
  • Mobbing Maternal
  • Mutua
  • Síndrome Quemado
  • Testimonio
  • Entrevistas
  • Servicios
    • Servicio Jurídico
    • Apoyo Psicológico
    • Pericia psicológica
    • Pericia Informática
    • Terapia Familiar
    • Mediación
    • Servicio Lingüista Forense
    • Consulta Clínica y Psiquiatría
No Result
View All Result
Mobbing Madrid
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Hazte socio
  • ¿Quienes Somos?
  • Contacto
  • Ayudanos a Ayudar
  • Colaboradores

Demanda por mobbing contra empresa y acosador

Mobbing Madrid

Juan Carlos Sanz por Juan Carlos Sanz
agosto 18, 2018
en Acoso laboral
0
Demanda por mobbing contra empresa y acosador
FacebookTwitterLinkedinWhatsappEmailTelegram

Tribunal Supremo, la demanda por mobbing debe dirigirse contra empresa y acosador

Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 30 de enero de 2008, según la cual en los supuestos en que el acoso laboral ha sido llevado a cabo, no por el empresario, sino por un trabajador de la empresa, si se deja fuera del proceso a este trabajador, que es, precisamente, el principal responsable del mobbing, el infractor más directo y propio de los derechos fundamentales, ello no concuerda muy bien con la naturaleza y finalidad esencial de esta modalidad procesal, que no es otra que la tutela de esos derechos fundamentales y la interdicción de toda conducta lesiva de los mismos.

En el caso de autos, estima el ponente, el magistrado Desdentado Bonete, que todas las conductas y actuaciones relativas al mismo, sea quien sea el autor de las mismas, forman un todo unitario, constituyen una realidad claramente cohesionada. Y este carácter unitario exige también un tratamiento procesal unificado; la unidad y conexión de las situaciones y conductas acontecidas obliga a que su enjuiciamiento se lleve a cabo en un mismo proceso.

Parece contrario a razón y carente de sentido dar un tratamiento procesal separado y distinto a las responsabilidades y consecuencias derivadas de una misma actividad acosadora. El causante real del mobbing «Es más, ese todo unitario, esa realidad única tiene un núcleo esencial y básico que está formado por los actos del acosador constitutivos del mobbing«.

Las actuaciones o modos de proceder de otras personas o entidades diferentes que están comprendidas también en el ámbito de ese acoso laboral tienen en cambio, en relación con la vulneración de los derechos fundamentales, una importancia menor, un carácter más secundario y circunstancial.

Por eso no parece aceptable que la acción que se ejercita en defensa de esos derechos fundamentales vulnerados se dirija únicamente contra alguno o algunos de los posibles responsables secundarios, cuya implicación en el acoso es mucho menos relevante y trascendente, y que, en cambio, no se dirija contra el verdadero acosador, contra el causante real, propio y directo del mobbing«, explica la sentencia.

Según el tribunal, el litisconsorcio debe alcanzar necesariamente al acosador, el encargado, a quien la actora imputa la realización de la conducta constitutiva del acoso, pues según tal imputación es el autor real y directo de esa conducta, y por tanto, si los hechos denunciados son ciertos, será el verdadero acosador, el principal vulnerador de los derechos fundamentales de dicha trabajadora.

Por ello, explica, es obvio que la acción ejercitada y las pretensiones debatidas en este asunto afectan de lleno a los derechos e intereses de ese encargado, de ahí que tales pretensiones, para hacerse efectivas, no sólo se han de dirigir contra la empresa, sino también frente a él, «pues si así no se hace, se infringen los artículos 24.1 y 18.1 de la Constitución.

Era necesario, por consiguiente, haber demandado también al citado encargado, protagonista principal de los actos constitutivos del mobbing, según los hechos de la demanda». Derecho a la dignidad Además, destaca que en el suplico de la demanda se pide que se dicte sentencia en la que se declare que «la actora ha visto perturbados sus derechos fundamentales y en concreto el derecho a la dignidad, a la integridad física y moral, al honor, a la integridad personal y a la propia imagen, por causa del acoso al que se ha visto sometida en su trabajo», la cual declaración, si se estima tal pretensión y la sentencia la recoge en su fallo, afecta por completo al referido encargado, pues se trataría del verdadero autor de esa conducta acosadora.

Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por la empresa contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 20 de abril de 2006. Y se estima la excepción de defectuosa constitución de la relación jurídico procesal, por existencia de litisconsorcio pasivo necesario, declarando la nulidad de todas las actuaciones del proceso, a partir del momento posterior a la presentación de la demanda, para que se conceda a la demandante el plazo de cuatro días para que amplíe la demanda y la dirija también contra el encargado.

Etiquetas: Leyes y SentenciasMobbing
Publicación anterior

Nota Técnica Preventiva 355: Fisiología del estrés

Siguiente publicación

Indemnización por riesgos psicosociales

Juan Carlos Sanz

Juan Carlos Sanz

La "Plataforma en la Comunidad de Madrid contra los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral", nace en el año 2003. La crean tres empleados de Ayuntamientos de la Zona Sur de Madrid, afectados de Acoso Laboral. Después de buscar durante más de 2 años una solución para su situación laboral, dirigiéndose a distintas organizaciones sindicales y entidades públicas.

Contenido relacionado

El acoso sexual en el trabajo
Acoso laboral

El acoso sexual en el trabajo

julio 22, 2021
TAI Escuela Universitaria de Artes
Acoso laboral

TAI Escuela Universitaria de Artes

junio 30, 2021
Beneficios de la terapia psicológica en una víctima de mobbing
Acoso laboral

Beneficios de la terapia psicológica

diciembre 4, 2020
¿PUEDO NEGARME A IR A LA OFICINA Y SEGUIR TELETRABAJANDO TRAS LAS NOVEDADES ANUNCIADAS POR EL GOBIERNO?
Acoso laboral

COVID-19 Negarme a ir a la oficina y seguir teletrabajando

mayo 24, 2020
Proceso terapéutico de una víctima de acoso laboral
Acoso laboral

Proceso terapéutico de una víctima de acoso laboral

mayo 22, 2020
TRABAJO A DISTANCIA DEBIDA AL COVID-19
Acoso laboral

TRABAJO A DISTANCIA DEBIDA AL COVID-19

abril 25, 2020
Siguiente publicación
Gestionemos el estrés

Indemnización por riesgos psicosociales

Por favor login para unirse a la discusión

 

MOBBING MADRID

CUÉNTANOS "TU CASO"

TÚ PUEDES PONER FIN A TU SITUACIÓN DE ACOSO LABORAL

En los 16 años de vida, hemos atendido más de 19.000 afectados de Riesgos Psicosociales en España

Acoso laboral o Mobbing
Mobbing Maternal
Discriminación laboral
Estrés laboral

ASESORAMIENTO GRATUITO

CONTACTO

 

¿Que es el mobbing? Guia de Apoyo para facilitar información a la persona afectada

Contacto

    Mobbing Madrid

    Email: mobbingmadrid@gmail.com
    Teléfono:  +34659786165
    Url: https://mobbingmadrid.org/

    Mobbing o Acoso laboral, Mobbing maternal, Estrés laboral, Síndrome de quemado o Burnout, Violencia laboral, Discriminación laboral, PRL

    mobbingacosolaboral.es
    mobbingmaternal.es
    mobbingmaternal.com
    mobbingmadrid.com

    Nuevas Tecnologías

    Síguenos

    • Instagram
    • Facebook
    • YouTube
    • Twitter
    • Pinterest

    Nuestros Artículos

    Mediación Laboral
    Discriminación Laboral
    Estrés laboral
    Inspección Trabajo
    Mobbing Maternal
    Mutua
    Síndrome de Quemado
    Testimonio
    Entrevistas
    Mobbing Administración
    Mobbing Banca
    Mobbing Ayuntamientos
    Terapia Grupal

    Suscribirse Mobbing Madrid

      © 2018 MobbingMadrid | Aviso Legal | Funaco | 

      • Inicio
      • Hazte socio
      • ¿Quienes Somos?
      • Contacto
      • Ayudanos a Ayudar
      • Colaboradores
      No Result
      View All Result
      • Discriminación Laboral
      • Estrés laboral
      • Inspección Trabajo
      • Mediación
      • Mobbing Maternal
      • Mutua
      • Síndrome Quemado
      • Testimonio
      • Entrevistas
      • Servicios
        • Servicio Jurídico
        • Apoyo Psicológico
        • Pericia psicológica
        • Pericia Informática
        • Terapia Familiar
        • Mediación
        • Servicio Lingüista Forense
        • Consulta Clínica y Psiquiatría

      © 2018 MobbingMadrid | Aviso Legal | Funaco | 

      Este sitio web utiliza cookies. Al continuar utilizando este sitio web, está dando su consentimiento para que se utilicen cookies. Visite nuestra Política de privacidad y cookies .