• Inicio
  • Hazte socio
  • ¿Quienes Somos?
  • Contacto
  • Ayudanos a Ayudar
  • Colaboradores
jueves, octubre 16, 2025
Mobbing Madrid
No Result
View All Result
CONSULTA GRATUITA DE ASESORAMIENTO
  • Discriminación Laboral
  • Estrés laboral
  • Inspección Trabajo
  • Mediación
  • Mobbing Maternal
  • Mutua
  • Síndrome Quemado
  • Testimonio
  • Entrevistas
  • Servicios
    • Servicio Jurídico
    • Apoyo Psicológico
    • Pericia psicológica
    • Pericia Informática
    • Terapia Familiar
    • Mediación
    • Servicio Lingüista Forense
    • Consulta Clínica y Psiquiatría
  • Discriminación Laboral
  • Estrés laboral
  • Inspección Trabajo
  • Mediación
  • Mobbing Maternal
  • Mutua
  • Síndrome Quemado
  • Testimonio
  • Entrevistas
  • Servicios
    • Servicio Jurídico
    • Apoyo Psicológico
    • Pericia psicológica
    • Pericia Informática
    • Terapia Familiar
    • Mediación
    • Servicio Lingüista Forense
    • Consulta Clínica y Psiquiatría
No Result
View All Result
Mobbing Madrid
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Hazte socio
  • ¿Quienes Somos?
  • Contacto
  • Ayudanos a Ayudar
  • Colaboradores

Mobbing: Un empleado público sin trabajo

Mobbing Madrid

Juan Carlos Sanz por Juan Carlos Sanz
agosto 21, 2018
en Acoso laboral
1
empleado público sin trabajo
FacebookTwitterLinkedinWhatsappEmailTelegram

Es mobbing mantener a un empleado público sin trabajo 

El Gobierno aprobó en 2011 un reglamento para regular el mobbing en la Administración.

Así lo establece una resolución del Ministerio de Política Territorial y Administración

Es mobbing o acoso laboral:

  • Mantener a un funcionario sin trabajo u ordenarle tareas inútiles es considerado acoso laboral.
  • Reprenderlo reiteradamente delante de otras personas, difundir rumores falsos sobre su profesionalidad o vida privada y tomar represalias si ha protestado por la organización del trabajo.
  • Solo si la presión es «prolongada» se considerará falta muy grave.

Esta resolución distingue entre acoso y violencia psicológica y establece un protocolo detallado para actuar en caso de conflicto.

Se considera acoso laboral

Se considera acoso laboral, además de los supuestos citados, «dictar órdenes de imposible cumplimiento con los medios que al trabajador se le asignan».

Por el contrario, no es acoso «la modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin causa y sin seguir el procedimiento legal», así como las «conductas despóticas dirigidas indiscriminadamente a varios trabajadores», las «presiones para aumentar la jornada» y las «ofensas puntuales dirigidas por varios sujetos sin coordinación entre ellos».

Para que la Administración acepte que ha existido acoso laboral el comportamiento grosero y discriminatorio tiene que ir dirigido siempre contra el mismo empleado y ser «permanente y prolongado». El acosador será sancionado por falta muy grave o derivado a
los tribunales. La víctima retomará sus funciones y quienes hayan actuado como testigos no sufrirán represalias. 

Violencia psicológica 

El protocolo considera que el hostigamiento que sea considerado «violencia psicológica» en lugar de acoso tendrá «la sanción que corresponda», de menor gravedad en cualquier caso que el acoso.

Protocolo de la denuncia – Impreso de denuncia

La Administración debe tener un impreso de denuncia en la intranet de los departamentos y el nombre al especialista de personal que iniciará el proceso tras la denuncia. La normativa introduce otra novedad: los empleados con conocimiento de algún supuesto de acoso tienen la obligación de denunciarlo ante la dirección aunque no les afecte.

  • Rellenar el impreso disponible en la intranet. Remitir al servicio de prevención de riesgos laborales y a la inspección.
  • El inspector podrá pedir el asesoramiento de los expertos en relaciones laborales, y emitir un informe previo con entrevistas y declaración de testigos. Como precaución, podrá cambiar de departamento al acusador o al acusado, o a ambos. Para el trámite del informe inicial dispone de un máximo de diez días.
  • A partir de ese momento se podrá nombrar a un mediador aceptado por las dos partes en litigio para buscar un acuerdo. Si no lo logra se nombrará un «comité asesor para situaciones de acoso», que elaborará un segundo informe contando con la participación obligatoria de las personas que determine. Para esta segunda valoración dispone de 15 días.
  • La decisión final la adoptará el responsable de recursos humanos, también en un plazo de dos semanas. Si se aprecia una conducta especialmente dolosa por parte del acosador se considerará delito y seguirá la vía ordinaria en los tribunales. En caso contrario, se sancionará al acosador con expediente disciplinario por falta muy grave. Se garantizará que no se adopten represalias contra los testigos y se penalizarán las denuncias.

Según los expertos, la violencia laboral -acoso, agresiones verbales, acoso sexual…- es uno de los problemas laborales emergentes, y más en época de crisis, donde las relaciones pueden enrarecerse más de lo habitual. «Es un tema sensible, no solo para la salud laboral.

También afecta a la productividad», comenta Fernando Benavides, Director del Centro de Investigación en Salud Laboral en la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona).

No se han desglosado los datos por empresas públicas o privadas, pero se calcula que alrededor del 6% de los trabajadores sufre algún tipo de violencia laboral, según la Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo. Los sectores más afectados son la sanidad, el trabajo social y la educación, según cálculos de la Agencia Europea de Seguridad y Salud.

Etiquetas: empleado públicoMobbingMobbing Administracion
Publicación anterior

Testimonio de una víctima de mobbing

Siguiente publicación

Despedido debido a grave infracción por acoso laboral

Juan Carlos Sanz

Juan Carlos Sanz

La "Plataforma en la Comunidad de Madrid contra los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral", nace en el año 2003. La crean tres empleados de Ayuntamientos de la Zona Sur de Madrid, afectados de Acoso Laboral. Después de buscar durante más de 2 años una solución para su situación laboral, dirigiéndose a distintas organizaciones sindicales y entidades públicas.

Contenido relacionado

El acoso sexual en el trabajo
Acoso laboral

El acoso sexual en el trabajo

julio 22, 2021
TAI Escuela Universitaria de Artes
Acoso laboral

TAI Escuela Universitaria de Artes

junio 30, 2021
Beneficios de la terapia psicológica en una víctima de mobbing
Acoso laboral

Beneficios de la terapia psicológica

diciembre 4, 2020
¿PUEDO NEGARME A IR A LA OFICINA Y SEGUIR TELETRABAJANDO TRAS LAS NOVEDADES ANUNCIADAS POR EL GOBIERNO?
Acoso laboral

COVID-19 Negarme a ir a la oficina y seguir teletrabajando

mayo 24, 2020
Proceso terapéutico de una víctima de acoso laboral
Acoso laboral

Proceso terapéutico de una víctima de acoso laboral

mayo 22, 2020
TRABAJO A DISTANCIA DEBIDA AL COVID-19
Acoso laboral

TRABAJO A DISTANCIA DEBIDA AL COVID-19

abril 25, 2020
Siguiente publicación
Infracción por acoso laboral

Despedido debido a grave infracción por acoso laboral

Por favor login para unirse a la discusión

 

MOBBING MADRID

CUÉNTANOS "TU CASO"

TÚ PUEDES PONER FIN A TU SITUACIÓN DE ACOSO LABORAL

En los 16 años de vida, hemos atendido más de 19.000 afectados de Riesgos Psicosociales en España

Acoso laboral o Mobbing
Mobbing Maternal
Discriminación laboral
Estrés laboral

ASESORAMIENTO GRATUITO

CONTACTO

 

¿Que es el mobbing? Guia de Apoyo para facilitar información a la persona afectada

Contacto

    Mobbing Madrid

    Email: mobbingmadrid@gmail.com
    Teléfono:  +34659786165
    Url: https://mobbingmadrid.org/

    Mobbing o Acoso laboral, Mobbing maternal, Estrés laboral, Síndrome de quemado o Burnout, Violencia laboral, Discriminación laboral, PRL

    mobbingacosolaboral.es
    mobbingmaternal.es
    mobbingmaternal.com
    mobbingmadrid.com

    Nuevas Tecnologías

    Síguenos

    • Instagram
    • Facebook
    • YouTube
    • Twitter
    • Pinterest

    Nuestros Artículos

    Mediación Laboral
    Discriminación Laboral
    Estrés laboral
    Inspección Trabajo
    Mobbing Maternal
    Mutua
    Síndrome de Quemado
    Testimonio
    Entrevistas
    Mobbing Administración
    Mobbing Banca
    Mobbing Ayuntamientos
    Terapia Grupal

    Suscribirse Mobbing Madrid

      © 2018 MobbingMadrid | Aviso Legal | Funaco | 

      • Inicio
      • Hazte socio
      • ¿Quienes Somos?
      • Contacto
      • Ayudanos a Ayudar
      • Colaboradores
      No Result
      View All Result
      • Discriminación Laboral
      • Estrés laboral
      • Inspección Trabajo
      • Mediación
      • Mobbing Maternal
      • Mutua
      • Síndrome Quemado
      • Testimonio
      • Entrevistas
      • Servicios
        • Servicio Jurídico
        • Apoyo Psicológico
        • Pericia psicológica
        • Pericia Informática
        • Terapia Familiar
        • Mediación
        • Servicio Lingüista Forense
        • Consulta Clínica y Psiquiatría

      © 2018 MobbingMadrid | Aviso Legal | Funaco | 

      Este sitio web utiliza cookies. Al continuar utilizando este sitio web, está dando su consentimiento para que se utilicen cookies. Visite nuestra Política de privacidad y cookies .