Se debe denunciar antes el mobbing, grabar las conversaciones y obtener la evidencia digital de las mismas
Un juzgado de Córdoba admite a trámite la reclamación de un empleado del Instituto Municipal de Deportes – Ayuntamiento de Córdoba, contra el jefe de comunicación y relaciones externas. El trabajador tiene que pedirle permiso personalmente hasta para ir al baño.
Hechos
El afectado de acoso, se encuentra de baja psicológica, desde el pasado mes de julio, cuando su jefe le dijo, a voces y en presencia de una compañera: “Que te estoy grabando todo lo que haces y todo lo que dices”.
Este suceso, -el último episodio-, es solamente uno más de una sucesión de hechos que, a juicio del acosado, prueban la situación de acoso laboral, ya que
“son continuas las acusaciones y amenazas del denunciado consistentes en; acusaciones de falta de puntualidad, de ausencias injustificadas en el trabajo, y el temor continuo de expediente disciplinario por este hecho, siendo dichos extremos rotundamente falsos”.
En el escrito presentado ante el juzgado, se indican “continuas” faltas de respeto o insultos hacia su labor como por ejemplo “a diferencia del resto de sus compañeros, tiene que ir obligatoriamente al despacho de este señor a pedirle permiso y comunicarle personalmente que va a ausentarse para ir al servicio, sin embargo al resto de compañeros no les exige comunicación alguna”.
Junto a esto, la denuncia se refiere a insultos directos como “gilipollas” o a la “orden absurda” a él y a una de sus compañeras “de no tener nada personal encima de la mesa, nada de fotos familiares, nada que a él-al denunciado- no le pareciese bien, ni un calendario, nada de publicidad, ya que decía que si venía una empresa comercial y veía esas cosas en sus mesas, qué iban a pensar”, indica la denuncia formulada y presentada el pasado mes de octubre.
“Un hecho aislado no constituiría ilícito penal alguno, pero una suerte de hechos continuos como los que se está denunciando y reiterados en el tiempo (de 8 a 10 años), constituyen los elementos objetivos y subjetivos del tipo de acoso y mobbing laboral”, reza el escrito en el que se aporta un informe psicológico del trabajador al que se le ha diagnosticado un episodio depresivo sin especificación y un trastorno de adaptación en el ámbito laboral, reacción mixta de ansiedad y depresión”, un diagnóstico similar al que ya sufrió hace seis años.