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Discriminación laboral de las madres trabajadoras

Mobbing Madrid

Juan Carlos Sanz por Juan Carlos Sanz
agosto 18, 2018
en Discriminación Laboral
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Discriminación laboral de las madres trabajadoras
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Discriminación laboral de las madres trabajadoras

Es indudable que la trabajadora española tiene dificultades para compatibilizar el trabajo con su maternidad. Se trata de una situación difícil que nunca se les plantea a los trabajadores aunque ellos también tienen igual responsabilidad paterno filial.

Se constata fácilmente que a las madres españolas no les resulta fácil realizar las dos tareas por los obstáculos que se les presentan. Antes de contratar, ya en la primera entrevista para obtener el puesto, el empleador pregunta ineludiblemente a la candidata si tiene hijos o, todavía peor, si piensa tenerlos en el futuro. Es un dato que nadie debería facilitar, mejor no tendría que preguntarse. Se trata de la vida personal. Ninguna conexión con la eficacia. Hace no muchos años los empresarios contratantes se permitían preguntar a la trabajadora si estaba casada; parece que solicitar un trabajo era quitar el puesto a un hombre.

Hoy algo se ha avanzado. Hay cierto respeto a la denuncia por discriminación, pero si se consigue el trabajo, los problemas aparecen desde la toma de posesión. Pedir permiso para ir al médico -como si los hombres no sufrieran enfermedades-, solicitar un día sin sueldo para atender a un niño enfermo, descanso posparto o las horas de lactancia se convierten, en general, en una tortura y que nadie lo niegue. La situación se invoca contra las mujeres y se cuestiona su rendimiento como si los hombres trabajadores estuvieran relevados del papel de padres -habrá excepciones, no muchas-. Generalmente, esto no sucede en los trabajos de la Administración pública, pero sí en la empresa privada.

El Tribunal Constitucional ha tenido que pronunciarse con frecuencia sobre la discriminación laboral de la mujer embarazada. No hace demasiado tiempo una sentencia declaró nulo por discriminatorio el despido de una trabajadora por su estado de gestación. La empresa había esgrimido como causa la disminución del rendimiento laboral, hecho que aceptaron los tribunales de instancia, si bien el Constitucional, analizando los hechos, mantuvo con acierto que aunque el mero dato de que la empresa conociera el embarazo y posterior despido no es por sí solo discriminatorio, sin embargo parece inconcebible que en este supuesto, poco tiempo antes del despido, la empresa hubiera decidido renovar el contrato a la trabajadora y aumentarle el sueldo por su eficacia y después, al conocer su embarazo, se le comunica la extinción del contrato por bajo rendimiento, ello crea una clara sospecha de verosimilitud. Existe un nexo causal entre el despido y el embarazo, sin duda. Por tanto, el alto tribunal consideró el derecho de la trabajadora a la no discriminación por razón de sexo, argumentando que la discriminación incluye también aquellos tratos peyorativos que se fundan en razones o circunstancias que tengan que ver con el sexo de la persona y es evidente que el embarazo está entre estas razones.

Es triste que en pleno siglo XXI, con tantas leyes protectoras, haya que acudir a tan alta instancia para que se declare discriminatorio el despido de una embarazada. Es un camino largo. Hasta llegar al Tribunal Constitucional transcurre mucho tiempo y hay que sortear varios recursos contra las resoluciones de los tribunales ordinarios, pero al mismo tiempo produce satisfacción que tras el calvario judicial se admita de esta forma la evidente existencia de una discriminación.

Tanto la normativa europea como la nacional mantienen una amplia protección: tratados, directivas, Constitución, estatutos, convenios internacionales, etc. Pero en la práctica no hay muchas posibilidades.

En el libro Mujer e igualdad de trato. Análisis de la maternidad, dirigido por Teresa López, se hacen importantes sugerencias para organizar nuevas políticas de apoyo a la familia con hijos pequeños. Hay que advertir que existen muchos sectores de producción desempeñados casi exclusivamente por mujeres: farmacias, laboratorios, profesorado, agricultura. Jamás ha podido demostrarse que tengan más bajo rendimiento y lo cierto es que muchas trabajadoras tienen hijos.

Por otra parte, los hombres trabajadores tienen que asumir su responsabilidad. Un genial humorista recientemente fallecido publicó hace unos años una viñeta en la que la mujer le decía al marido: «En el último sondeo has alcanzado una puntuación de 4,78 como padre de familia así que tendrás que hacer un pequeño esfuerzo…». Hay que repartir las cargas. Es una crueldad que se cierren las puertas laborales o se evite que obtengan trabajo las mujeres con hijos.

Guadalupe Muñoz Álvarez. Académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

Etiquetas: Acoso LaboralMobbing Maternal
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La "Plataforma en la Comunidad de Madrid contra los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral", nace en el año 2003. La crean tres empleados de Ayuntamientos de la Zona Sur de Madrid, afectados de Acoso Laboral. Después de buscar durante más de 2 años una solución para su situación laboral, dirigiéndose a distintas organizaciones sindicales y entidades públicas.

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