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Conductas que sufren los afectados de acoso laboral, con derecho a indemnización

Derecho a indemnización

Juan Carlos Sanz por Juan Carlos Sanz
octubre 16, 2018
en Discriminación Laboral, Inspección Trabajo
1
Conductas que sufren los afectados de acoso laboral, con derecho a indemnización
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Conductas que sufren los afectados de acoso laboral, con derecho a indemnización

Supuesto 1º . La vulneración del derecho a la zona efectiva

Según establece el artículo  4.2.a del Estatuto de los Trabajadores , el empresario tiene la obligación de brindar al trabajador una ocupación adaptada a su clasificación profesional, así como a los medios necesarios para su realización. 
Si el empresario incumple esta obligación, incurre en un ilícito laboral y el trabajador tiene derecho a reclamar los salarios correspondientes al período del mismo. El  artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores  que que:
S i el trabajador puede prestar sus servicios una vez el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo ,  conserve el derecho a un salario, que puede hacer el compensar con el tiempo perdido en otro tiempo .

Supuesto 2º. Cuando el  acoso laboral crea una   vulneración de las condiciones de trabajo y menoscabo de la dignidad

El artículo  50.1 a del Estatuto de los Trabajadores  señala que la  causa de la extinción  del contrato por parte del trabajador, con el derecho a la indemnización legal pertinente, las «modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley, y que redunde en menoscabo de la dignidad del trabajador «
El  artículo 41  se encarga de regular el caso y las causas para poder realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, cuando existan las probabilidades económicas, técnicas, organizativas o de producción. 

Supuesto 3º. Indemnización por la vulneración del derecho de promoción profesional 

Este supuesto está recogido en el artículo  4.2.b del Estatuto de los Trabajadores . Si la decisión es injustificada, el trabajador tiene un derecho que reconoce el derecho a ocupar el puesto superior además de ser reparada por el daño causado, consistente en la diferencia salarial entre ambos puestos.

Supuesto 4º. Denegación injustificada para el cambio de turno por razón de estudios 

Relacionado con el anterior supuesto que también infringe el derecho a la promoción ya la formación profesional, es aquel en el que se niega, injustificadamente, el cambio de turno por razón de estudios. Si vemos el  artículo 23.1.a) del Estatuto de los Trabajadores , el trabajador tendrá:
Preferencia de elegir turno de trabajo, si es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional
Por esta razón, este daño también ha sido reparado por su económico económico que, sentencia, ha cifrado en dos meses de salario.

Supuesto 5º. Denegación injustificada del disfrute de las vacaciones anuales

Una indemnización por daños y perjuicios en caso de fallecimiento
, por ejemplo, en su variante de disfrute de las vacaciones anuales
El trabajador tiene derecho a conocer las fechas que le correspondan los dos primeros antes, al menos, del comienzo del disfrute

Esto conlleva que el empresario incumple su deber de notificar con la antelación de las vacaciones  al trabajador, y esto le crea una incertidumbre que puede llegar a impedir el paso de su descanso vacacional por el transcurso del año natural, lo que, en su caso, debe compensarse con su equivalente económico.

Etiquetas: Acoso DigitalAcoso LaboralAcoso moralAcoso sexualAsistencia PsicologicaDiscriminación LaboralEstrés laboralLeyes y SentenciasMobbingPericia informaticaTerapia familiarTerapia grupalviolencia laboral
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La "Plataforma en la Comunidad de Madrid contra los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral", nace en el año 2003. La crean tres empleados de Ayuntamientos de la Zona Sur de Madrid, afectados de Acoso Laboral. Después de buscar durante más de 2 años una solución para su situación laboral, dirigiéndose a distintas organizaciones sindicales y entidades públicas.

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